Derechos de los Pasajeros en el Transporte Aéreo en Colombia: Protección y Compensaciones.

El transporte aéreo en Colombia ha crecido notablemente debido a factores como el aumento del turismo, la expansión de aerolíneas de bajo costo, el desarrollo económico y la mejora de la conectividad regional; este incremento ha hecho que más personas utilicen el transporte aéreo, lo que destaca la necesidad de proteger los derechos de los pasajeros.Es crucial contar con regulaciones claras que protejan a los consumidores contra abusos y les ofrezcan compensaciones justas en casos de retrasos, cancelaciones o denegaciones de embarque. Las aerolíneas deben proporcionar información clara y veraz, así como garantizar procedimientos sencillos para reclamaciones, así mismo la Aeronáutica Civil y la Superintendencia de Industria y Comercio supervisan el cumplimiento de estas normativas.

➔ DERECHO DE LOS PASAJEROS

El derecho de los pasajeros en el transporte aéreo en Colombia protege a los usuarios mediante regulaciones que garantizan información clara, compensaciones por retrasos o cancelaciones, y mecanismos de reclamación. Estas normas buscan asegurar un servicio justo y eficiente en un contexto de creciente demanda.

1. Derecho a la Información Clara y Veraz

Las aerolíneas deben proporcionar información precisa y completa sobre los vuelos, incluyendo horarios, tarifas, condiciones del servicio y cualquier posible cambio que pueda afectar la reserva, tiene una gran importancia al momento de:

  • i) Toma de Decisiones Informadas: Los pasajeros necesitan información clara para planificar sus viajes adecuadamente;
  • ii) Transparencia: Fomenta la confianza entre los pasajeros y las aerolíneas.

Este derecho se ve reflejado en:

  • ➢ Horarios: Información sobre la hora de salida y llegada de los vuelos, incluyendo posibles escalas.
  • ➢ Tarifas: Detalles sobre el costo del tiquete, incluyendo impuestos, cargos adicionales y políticas de equipaje.
  • ➢ Condiciones del Vuelo: Políticas sobre cambios y cancelaciones, servicios a bordo, y restricciones.
  • ➢ Cambios: Notificaciones sobre cambios en el horario del vuelo, cancelaciones, o modificaciones en las condiciones del servicio.

2. Derecho a la Compensación por Incumplimientos

Los pasajeros tienen derecho a recibir compensaciones en casos de retrasos, cancelaciones y denegación de embarque. Estas compensaciones pueden incluir reembolsos, alojamiento, alimentación y transporte alternativo, busca:

  • i) Protección del Pasajero: Asegura que los pasajeros no sufran pérdidas económicas o inconvenientes significativos debido a problemas operativos de las aerolíneas;
  • ii) Justicia: Garantiza un trato justo y adecuado para los pasajeros afectados.

Los casos de compensación se pueden dar por:

  • ➢ Retrasos:
    • ○ Asistencia: Si el vuelo se retrasa significativamente, los pasajeros tienen derecho a recibir alimentos, bebidas, alojamiento y transporte, dependiendo de la duración del retraso.
    • ○ Compensación Económica: Puede variar según la duración del retraso y la distancia del vuelo.
  • ➢ Cancelaciones:
    • ○ Reembolso o Reubicación: En caso de cancelación del vuelo, los pasajeros tienen derecho a un reembolso completo o a ser reubicados en otro vuelo sin costo adicional.
    • ○ Compensaciones Adicionales: Pueden incluir alojamiento y alimentación si es necesario.
  • ➢ Denegación de Embarque:
    • ○ Compensación Económica: Si se les niega el embarque debido a sobreventa de tiquetes, los pasajeros pueden recibir compensaciones económicas y asistencia adicional.

3. Derecho de Retracto

Los pasajeros tienen la posibilidad de cancelar la reserva del tiquete dentro de un plazo específico, generalmente sin penalización. Este derecho se aplica bajo ciertas condiciones establecidas por la normativa, es crucial por:

  • i) Flexibilidad: Permite a los pasajeros cancelar sus reservas si sus planes de viaje cambian, sin incurrir en costos adicionales;
  • ii) Protección del Consumidor: Asegura que los pasajeros no estén atados a una reserva que ya no pueden utilizar.

Sin embargo este debe cumplir unas condiciones de:

  • ➢ Plazo: El derecho de retracto suele aplicarse dentro de las 48 horas siguientes a la compra del tiquete, siempre que la compra se haya realizado con al menos ocho días de antelación al vuelo.
  • ➢ Sin penalización: La cancelación dentro de este plazo no debe implicar costos adicionales para el pasajero.

4. Derecho a Reclamar

Los pasajeros pueden presentar quejas y reclamaciones ante la Aeronáutica Civil y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) si consideran que sus derechos han sido vulnerados, busca:

  • i) Acceso a la Justicia: Proporciona un mecanismo para que los pasajeros busquen reparación y justicia en caso de incumplimientos por parte de las aerolíneas;
  • ii) Supervisión y Cumplimiento: Asegura que las aerolíneas cumplan con las normativas y regulaciones establecidas.

Esto mediante los mecanismos de quejas y reclamaciones:

  • Aeronáutica Civil: Los pasajeros pueden presentar reclamaciones directamente a la Aeronáutica Civil, que supervisa y regula el cumplimiento de las normativas del transporte aéreo.
  • Superintendencia de Industria y Comercio (SIC): La SIC también recibe y gestiona quejas relacionadas con la protección al consumidor, incluyendo problemas con aerolíneas.
  • Procedimiento: Las reclamaciones pueden presentarse en línea, por escrito o en persona, y deben incluir detalles del incidente, pruebas documentales y la solicitud de compensación o reparación.

Estos derechos están diseñados para proteger a los pasajeros y asegurar que reciban un servicio justo y de calidad. Si necesitas más detalles sobre algún aspecto específico, no dudes en preguntar.

➔ MARCO LEGAL

1. Código de Comercio:

Disposiciones sobre el Contrato de Transporte Aéreo: El Código de Comercio de Colombia regula el contrato de transporte aéreo, estableciendo las obligaciones y derechos tanto de las aerolíneas como de los pasajeros, tales como:

  • Artículo 1875: Las cláusulas del contrato de transporte aéreo deben ser claras y estar disponibles para los pasajeros, ya sea en el billete de pasaje, en los documentos de transporte, o en un lugar visible en las oficinas de la aerolínea.
  • Obligaciones del transportador: La aerolínea debe trasladar a los pasajeros y su equipaje de manera segura y puntual, cumpliendo con las condiciones pactadas.
  • Derechos del Pasajero: Los pasajeros tienen derecho a ser informados sobre las condiciones del transporte, incluyendo horarios, tarifas y políticas de compensación en caso de incumplimientos.

2. Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011):

Derechos Básicos de los Consumidores y su Aplicación en el Transporte Aéreo: Conocida como el Estatuto del Consumidor, protege los derechos de los consumidores en Colombia, incluyendo a los usuarios del transporte aéreo, estableciendo derechos básicos como:

  • Derecho a la Información: Los consumidores tienen derecho a recibir información clara, veraz y suficiente sobre los servicios ofrecidos por las aerolíneas.
  • Derecho a la Seguridad: Los productos y servicios ofrecidos deben ser seguros y no causar daño en condiciones normales de uso.
  • Derecho a la Compensación: En caso de incumplimientos, como retrasos o cancelaciones, los consumidores tienen derecho a recibir compensaciones adecuadas.
  • Derecho a Reclamar: Los consumidores pueden presentar quejas y reclamaciones ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) si consideran que sus derechos han sido vulnerados.

3. Regulaciones de la Aeronáutica Civil:

Normativas Específicas que Regulan la Operación de las Aerolíneas y la Protección de los Derechos de los Pasajeros: La Aeronáutica Civil de Colombia establece regulaciones específicas para la operación de las aerolíneas y la protección de los derechos de los pasajeros, tales como:

  • Reglamento Aeronáutico de Colombia (RAC): Contiene disposiciones sobre la operación de vuelos, seguridad, y derechos de los pasajeros.
  • Compensaciones y Asistencia: Normas sobre compensaciones en casos de retrasos, cancelaciones y denegación de embarque.
  • Protección de Pasajeros con Movilidad Reducida: Disposiciones específicas para garantizar la asistencia y protección de pasajeros con discapacidades.

4. Convenio de Montreal:

Tratado Internacional Ratificado por Colombia que Establece Compensaciones en Caso de Problemas Relacionados con el Transporte Aéreo Internacional: El Convenio de Montreal es un tratado internacional que unifica ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, estableciendo la responsabilidad de las aerolíneas en caso de daños a pasajeros, equipaje y mercancías, tales como:

  • Responsabilidad Civil Ilimitada: Las aerolíneas son responsables de los daños causados a los pasajeros, con un primer nivel de responsabilidad objetiva hasta 100,000 DEG (Derechos Especiales de Giro) y un segundo nivel basado en la presunta culpa de la aerolínea.
  • Compensaciones por Retrasos y Daños al Equipaje: Establece límites de responsabilidad y compensaciones en casos de retrasos, pérdida o deterioro del equipaje.
  • Pago Adelantado: En caso de lesiones corporales, las aerolíneas deben realizar pagos adelantados para cubrir las necesidades económicas inmediatas de las víctimas.
  • Modernización de Documentos: Introduce la obligatoriedad de documentos electrónicos para el transporte aéreo.

➔ COMPENSACIONES POR RETRASO Y CANCELACIONES

Las compensaciones por retrasos y cancelaciones en vuelos en Colombia incluyen asistencia como alimentos, alojamiento o reembolsos, y en algunos casos, reubicación en otro vuelo sin costo adicional, estos pueden ser:

1. Tipos de compensación:

  • ➢ Reembolsos del tiquete.
  • ➢ Alojamiento y alimentación en caso de retrasos prolongados.
  • ➢ Transporte alternativo sin costo adicional.

2. Retrasos:

  • ➢ Derechos del pasajero cuando un vuelo se retrasa por más de lo permitido.
  • ➢ Obligación de las aerolíneas de proporcionar asistencia y posibles compensaciones económicas.

3. Cancelaciones:

  • ➢ Derecho a un reembolso completo o a ser reubicado en otro vuelo sin costo adicional.
  • ➢ Casos en los que aplica compensación adicional por inconvenientes.

4. Denegación de embarque:

  • ➢ Compensaciones en casos de sobreventa de vuelos o imposibilidad de embarcar al pasajero.

➔ PROCESO DE RECLAMACIÓN Y SUPERVISIÓN

El procedimiento para Presentar una Queja ante la Aeronáutica Civil o la SIC:

1. Aeronáutica Civil

  • ➢ Presentación de la Queja: Esta puede ser:
    • i) En Línea: Puedes presentar tu queja a través del portal de Atención al Ciudadano de la Aeronáutica Civil;
    • ii) Correo Electrónico: Enviar un correo a atencionalciudadano@aerocivil.gov.co;
    • iii) Presencial: Dirigirte a las oficinas de la Aeronáutica Civil en Bogotá o en las direcciones regionales.
  • ➢ Contenido de la Queja: Este debe contener:
    • i) Datos Personales: Nombre completo, número de identificación, dirección y teléfono;
    • ii) Detalles del Vuelo: Número de vuelo, fecha, hora y ruta;
    • iii) Descripción del Problema: Explicación clara y detallada del incidente;
    • iv) Documentación de Soporte: Copias de tiquetes, recibos, y cualquier otra evidencia relevante.
  • ➢ Proceso de Resolución:
    • i) Recepción y Registro: La queja es recibida y registrada por la Aeronáutica Civil;
    • ii) Investigación: Se realiza una investigación del caso;
    • iii) Respuesta: La Aeronáutica Civil emite una respuesta con la resolución del caso.

2. Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)

  • ➢ Presentación de la Queja: Ya sea:
    • i) En Línea: A través del portal SIC Facilita.
    • ii) Presencial: En las oficinas de la SIC en Bogotá o en las Casas del Consumidor en otras ciudades.
  • ➢ Contenido de la Queja: Esta debe contener:
    • i) Datos Personales: Nombre completo, número de identificación, dirección y teléfono;
    • ii) Detalles del Vuelo: Número de vuelo, fecha, hora y ruta;
    • iii) Descripción del Problema: Explicación clara y detallada del incidente;
    • iv) Documentación de Soporte: Copias de tiquetes, recibos, y cualquier otra evidencia relevante.
  • ➢ Proceso de Resolución:
    • i) Recepción y Registro: La queja es recibida y registrada por la SIC;
    • ii) Investigación: Se realiza una investigación del caso;
    • iii) Respuesta: La SIC emite una respuesta con la resolución del caso.

➔ FUNCIONES DE LA AERONÁUTICA CIVIL EN LA VIGILANCIA Y CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMATIVAS

1. Vigilancia y Control:

  • Supervisión: La Aeronáutica Civil supervisa el cumplimiento de las normas aeronáuticas y aeroportuarias.
  • Inspecciones: Realiza inspecciones regulares en aeropuertos y aerolíneas para asegurar el cumplimiento de las regulaciones.

2. Investigación y Sanción:

  • Investigación de Incidentes: Investiga incidentes y accidentes aéreos para determinar causas y responsabilidades.
  • Sanciones: Impone sanciones a las aerolíneas que violen las normativas, incluyendo multas y otras medidas disciplinarias.

3. Política Tarifaria:

  • Fijación de Tarifas: Establece y regula las tarifas del transporte aéreo nacional e internacional.
  • Control de Precios: Supervisa que las aerolíneas cumplan con las políticas tarifarias establecidas.

4. Desarrollo de Normativas:

  • Reglamentos Aeronáuticos: Expide, modifica y mantiene los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC) conforme al desarrollo de la aviación civil.

➔ TRANSPARENCIA Y OBLIGACIONES DE LAS AEROLÍNEAS

1. Obligación de las aerolíneas de Informar de Manera Clara sobre Políticas de Compensación y Cancelación:

Las aerolíneas en Colombia están obligadas a informar de manera clara y precisa a los pasajeros sobre sus políticas de compensación y cancelación. Esto incluye detalles sobre los derechos de los pasajeros en caso de retrasos, cancelaciones y denegación de embarque, busca:

  • Transparencia: Asegura que los pasajeros estén bien informados sobre sus derechos y las condiciones del servicio.
  • Confianza: Fomenta la confianza entre los pasajeros y las aerolíneas, ya que los pasajeros saben qué esperar en caso de problemas.

2. Información que Debe Proporcionarse:

  • Políticas de Compensación: Detalles sobre las compensaciones económicas que los pasajeros pueden recibir en caso de retrasos, cancelaciones o denegación de embarque.
  • Políticas de Cancelación: Información sobre las condiciones bajo las cuales los pasajeros pueden cancelar sus reservas y recibir reembolsos.

3. Cumplimiento de Estándares de Calidad y Responsabilidad Frente a los Consumidores:

Las aerolíneas deben cumplir con estándares de calidad establecidos para garantizar la seguridad y satisfacción de los pasajeros. Esto incluye la entrega de productos y servicios que sean seguros, duraderos y que cumplan con las expectativas de los consumidores, generando:

  • Seguridad: Asegura que los servicios ofrecidos no representen un riesgo para los pasajeros.
  • Satisfacción del Cliente: Garantiza que los pasajeros reciban un servicio de calidad que cumpla con sus expectativas

Tales como:

  • Inspecciones Regulares: Las aerolíneas deben someterse a inspecciones regulares para asegurar que cumplen con las normativas de seguridad y calidad.
  • Capacitación del Personal: Asegurar que el personal esté adecuadamente capacitado para proporcionar un servicio de calidad.
  • Mantenimiento de Aeronaves: Realizar el mantenimiento regular de las aeronaves para garantizar la seguridad de los vuelos.

Estos aspectos son fundamentales para proteger los derechos de los pasajeros y asegurar que reciban un servicio justo y de calidad.

➔ CONCLUSIÓN

El crecimiento del transporte aéreo en Colombia ha impulsado una mayor demanda por la protección de los derechos de los pasajeros. Es fundamental que tanto las aerolíneas como las autoridades mantengan y fortalezcan las regulaciones que garanticen un servicio seguro, transparente y equitativo. La claridad en la información, las compensaciones justas y los mecanismos efectivos de reclamación son pilares esenciales para asegurar que los consumidores disfruten de sus derechos, promoviendo una relación de confianza entre pasajeros y aerolíneas en un mercado cada vez más dinámico.

➔ BIBLIOGRAFÍA

Compartir:
AVISO DE COOKIES

AVISO DE PRIVACIDAD DE NIETO & NIETO LAWYERS S.A.S.

Por medio de este documento y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Estatutaria 1581 de 2012, el artículo 14 del Decreto Reglamentario 1377 de 2013 y demás normas concordantes, NIETO & NIETO LAWYERS S.A.S., identificada con NIT 830.083.908-9, da a conocer a sus clientes, proveedores, empleados, asociados y visitantes de sus plataformas web la existencia de la POLÍTICA DE TRATAMIENTO Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE LA COMPAÑÍA NIETO & NIETO LAWYERS S.A.S., que les será aplicable al momento de utilizar las referidas herramientas web, realizar comentarios en el blog y/o tener relaciones comerciales, civiles y/o laborales con la empresa, así como la forma de acceder a dicha política y las finalidades del tratamiento de datos personales que se pretende dar.

1. Políticas de tratamiento de la información personal:
NIETO & NIETO LAWYERS S.A.S pone de presente que podrán consultar en cualquier momento la política de tratamiento de datos personales que rige en la empresa, la cual, podrán consultar en todo momento en la página web www.nietolawyers.com.

2. Finalidad del tratamiento de la información personal.
De conformidad con lo expuesto en la POLÍTICA DE TRATAMIENTO Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE LA COMPAÑÍA NIETO & NIETO LAWYERS S.A.S., la recolección, procesamiento, almacenamiento, tratamiento, verificación, uso, circulación, transferencia y/o transmisión nacional y/o internacional de los datos personales se realiza con el objeto de:

  • Dar cumplimiento a las obligaciones comerciales en el marco de relaciones contractuales con sus clientes, proveedores y empleados.
  • Permitir la identificación y contacto de clientes, proveedores y empleados de NIETO & NIETO LAWYERS, para efectos contractuales y legales.
  • Procesar y asegurar el cumplimiento y entrega de los servicios adquiridos por los clientes de NIETO & NIETO LAWYERS, así como elaborar la facturación correspondiente.
  • Envío de publicidad sobre servicios de NIETO & NIETO LAWYERS.
  • Ofrecimiento público o privado de servicios de NIETO & NIETO LAWYERS.
  • Realizar análisis y perfilamientos de los clientes que permitan definir los servicios que se acomodan a sus gustos y preferencias.
  • Comunicar la realización de actividades y eventos organizados por NIETO & NIETO LAWYERS.
  • Organización del registro de información de proveedores para el envío de órdenes de compra.
  • Comunicación, consolidación, organización, actualización, control, acreditación, aseguramiento, estadística, reporte, mantenimiento, interacción, y gestión de las actuaciones, informaciones y actividades en las cuales se relacionan o vinculan a los proveedores y contratistas con NIETO & NIETO LAWYERS.
  • Gestión administrativa y corporativa de la compañía NIETO & NIETO LAWYERS.
  • Facilitar el uso de las funciones interactivas del sitio web, como la opción de comentar en las publicaciones del blog, en el marco de las normas de privacidad establecidas.

3. Derechos de los titulares de datos personales.
Sin perjuicio de los derechos reconocidos por la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y de aquellos mencionados en la POLÍTICA DE TRATAMIENTO Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE LA COMPAÑÍA NIETO & NIETO LAWYERS S.A.S., los titulares de datos personales a los que acceda NIETO & NIETO LAWYERS S.A.S. tendrán, en particular, los siguientes:

  • Acceder en forma gratuita a los datos proporcionados que hayan sido objeto de tratamiento.
  • Conocer, actualizar y rectificar su información frente a datos parciales, inexactos, incompletos, desactualizados, fraccionados, que induzcan a error, desprestigio o a aquellos cuyo tratamiento esté prohibido o no haya sido autorizado.
  • Solicitar prueba de la autorización otorgada.
  • Presentar ante la Delegatura para la Protección de Datos Personales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) quejas por infracciones a lo dispuesto en la normatividad vigente.
  • Revocar en cualquier tiempo la autorización y/o solicitar la supresión del dato, siempre que no exista un deber legal o contractual que impida eliminarlos.
  • Abstenerse de responder las preguntas sobre datos sensibles. NIETO & NIETO LAWYERS S.A.S informa que tendrá carácter facultativo las respuestas que versen sobre menores de edad y datos sensibles como aquellos relacionados con el origen racial o étnico, género, orientación sexual o política, convicciones religiosas, pertenencia a sindicatos, asociaciones u organizaciones sociales autorizadas por la Ley, entre otros.

4. Uso de cookies y otras tecnologías de seguimiento.
NIETO & NIETO LAWYERS S.A.S. informa a los usuarios que, al visitar su página web, se recolectará información a través de cookies y otras tecnologías de seguimiento. Estas se utilizan para mejorar la experiencia de navegación, analizar el comportamiento de los usuarios en el sitio web, y facilitar la interacción en la plataforma, como la funcionalidad de comentar en el blog.

Los usuarios tendrán la posibilidad de configurar su navegador para rechazar o aceptar cookies, así como la opción de eliminar cookies previamente almacenadas. En todo momento podrán gestionar las preferencias de cookies, permitiéndoles elegir cuáles permiten y cuáles no, a fin de asegurar un manejo transparente y controlado de la información.