Conflictos de Interés en Administración: Impacto y Jurisprudencia en Colombia

El conflicto de interés de los administradores es un tema importante en el mundo empresarial, legal y financiero. Este término se refiere a situaciones en las cuales los intereses personales de un administrador se ven en conflicto con los intereses de la empresa a la que representa. Los administradores tienen la responsabilidad de tomar decisiones que beneficien a la empresa y a sus accionistas, y un conflicto de interés puede influir en la toma de decisiones y comprometer la integridad de la empresa.

En la jurisprudencia, los tribunales han tratado con frecuencia el tema del conflicto de interés de los administradores. Los tribunales han establecido estándares claros para determinar cuándo un conflicto de interés se ha presentado y cuándo un administrador ha violado su deber fiduciario al actuar en contra de los intereses de la empresa. El deber fiduciario se puede definir de la siguiente manera “El deber fiduciario se refiere a la responsabilidad moral, ética y legal de actuar y decidir siempre en el mejor interés de la organización y sus grupos de interés, teniendo como principios y componentes del deber fiduciario: el cuidado, la lealtad, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, imparcialidad, integridad y rendición de cuentas, y nunca sobreponer el interés particular sobre el colectivo” 1.

Existen diversas situaciones en las cuales un administrador puede enfrentar un conflicto de interés. Por ejemplo, un administrador puede tener un interés financiero en una empresa competidora o puede estar involucrado en una transacción que beneficia a una empresa en la que tiene intereses personales. También puede suceder que un administrador tenga relaciones personales o familiares con otros miembros de la empresa o con proveedores o clientes de la empresa. En general, los administradores deben cumplir con su deber fiduciario, que es una obligación legal y ética de actuar en el mejor interés de la empresa y de sus accionistas. El deber fiduciario se divide en tres componentes principales: el deber de lealtad, el deber de diligencia y el deber de cuidado, lo anterior de acuerdo a el articulo 23 de la ley 222 de 1995 donde especifica lo siguiente “deben obrar de buena fe, con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios. Sus actuaciones se cumplirán en interés de la sociedad, teniendo en cuenta los intereses de sus asociados”.

El deber de lealtad requiere que los administradores actúen en el mejor interés de la empresa y de sus accionistas. Esto significa que los administradores deben evitar situaciones en las cuales sus intereses personales puedan influir en su toma de decisiones y comprometer la integridad de la empresa. Así mismo, el administrador está facultado para tomar decisiones que giren en torno a las decisiones ordinarias de la empresa, por lo que no debe comprometer la situación financiera o el capital que usualmente se disponga para realizar los negocios con los distintos clientes basándose en un marco que tiene unos límites expresos y que por norma escrita en los estatutos solo se puedan superar cuando

1 Comisión de gobierno corporativo. Anexo de deberes fiduciarios (2018) pág. 5.

se tome la decisión con los respectivos accionistas. 3 El deber de diligencia requiere que los administradores actúen con la debida diligencia y cuidado al tomar decisiones importantes para la empresa, el administrador es elegido debido a sus conocimientos y la capacidad que debe tener para tomar las mejores decisiones en beneficio de la empresa, por lo tanto, su aplicación de conocimiento debe estar basada en los intereses colectivos de la compañía y no en beneficio personal. Finalmente, el deber de cuidado requiere que los administradores actúen de manera responsable y eviten cualquier acción que pueda dañar la empresa, por dañar nos referimos a actuaciones negligentes que disminuyan el patrimonio de la empresa o que quede comprometido en un negocio que no pertenece al giro ordinario del objeto social de la compañía, los tres deberes están conectados y no son excluyentes entre sí, pero puede haber el caso en que el administrador tome una decisión por beneficio propio y colateralmente la empresa salga beneficiada, en este caso el deber de diligencia está presente pero excluye el deber de cuidado y especialmente el de lealtad, por lo que ese riesgo tomado se vincula directamente con un conflicto de interés.

Si un administrador enfrenta un conflicto de interés, es su responsabilidad divulgar este conflicto a los demás miembros de la junta directiva y abstenerse de participar en cualquier decisión relacionada con el conflicto. La divulgación de información es importante para garantizar la transparencia y la toma de decisiones imparcial. Además, los administradores pueden adoptar medidas de salvaguardia, como la designación de un comité especial para revisar la decisión o la obtención de una opinión independiente de expertos en la materia.

Si un administrador viola su deber fiduciario al actuar en contra de los intereses de la empresa debido a un conflicto de interés, puede enfrentar acciones legales. Los tribunales pueden intervenir y determinar si los administradores han actuado razonablemente y de buena fe. Si se determina que los administradores han violado su deber fiduciario, pueden ser responsabilizados y enfrentar consecuencias legales, como la restitución de los daños causados o incluso la destitución de su cargo.

En la jurisprudencia, existen numerosos casos en los cuales los tribunales han tratado el tema del conflicto de interés de los administradores. Estos casos proporcionan pautas y principios legales para abordar el conflicto de interés y proteger los intereses de la empresa y de sus accionistas.

Por ejemplo, en la sentencia SC 5509 – 2021 de la Corte Suprema de Justicia, se menciona una circular que dice lo siguiente “una conducta transparente y una actividad que vaya más allá de la diligencia ordinaria porque la ley exige un grado de gestión profesional, caracterizada por el compromiso en la solución de los problemas actuales y en el aprovechamiento de las oportunidades en curso, por el análisis de la información contable de la compañía y por el diagnóstico del futuro de los negocios sociales, procurando en cada caso satisfacer las exigencias de los mismos, actuando siempre con lealtad y privilegiando

3 Devesa y Calvo. El deber de lealtad del administrador de la sociedad mercantil. www.devesaycalvo.es/el-deber-de-lealtad- del-administrador-de-la-sociedad-mercantil/

los intereses de la sociedad sobre los propios o los de terceros”4. De acuerdo a lo anterior, se establece una norma de conducta en relación con las oportunidades que se presentan en una empresa y el actuar de un buen administrador.

En otro caso, “Doe v. Corporation5“, los tribunales determinaron que un administrador había violado su deber fiduciario al divulgar información confidencial de la empresa a un competidor en el cual tenía intereses financieros. El tribunal encontró que el administrador había violado su deber de lealtad y había comprometido la integridad de la empresa.

Estos casos ilustran la importancia de abordar adecuadamente los conflictos de interés de los administradores y de cumplir con el deber fiduciario. Los tribunales han dejado en claro que los administradores deben actuar en el mejor interés de la empresa y evitar cualquier conflicto de interés que pueda influir en su toma de decisiones. Por otra parte, es importante mencionar las consecuencias de no obrar correctamente en un conflicto de interés. En primer lugar, puede provocar daños económicos a la empresa si el administrador toma decisiones basándose en sus intereses personales y no en los intereses de la compañía, en segundo lugar, el administrador puede perder la confianza de los accionistas y esto podría conllevar a perder su puesto, a la vez que se podría emplear acciones legales si los actos del administrador causan un detrimento patrimonial a la empresa. Por último, los actos del administrador que no estén conforme a los principios mencionados al inicio de este artículo pueden causar un daño irremediable a su reputación y teniendo en cuenta la importancia de este rol, es poco probable que otra empresa contrate sus servicios teniendo en precedente de conflictos de interés.

Finalmente, consideramos importante hacer una breve mención de derecho comparado en materia de conflicto de interés, para ello haremos uso del texto de Carlos Arcila, donde menciona lo siguiente: “Si bien existen variados deberes fiduciarios, en términos generales se ha decantado una tipología básica, enmarcando la conducta de los ad-ministradores dentro de las nociones de deber de cuidado (duty of care) y deber de lealtad (duty of loyalty). Por el primero, los administradores deben ser diligentes en relación con el encargo recibido, es decir, en el manejo de los asuntos societarios; por el segundo, los administradores deben actuar atendiendo los intereses de la sociedad. Al respecto, en la Nueva Ley Tipo de Sociedades de Capital (The Revised Model Business Cor-poration Act), Capítulo 8 – Miembros de Junta Directiva y Representantes Legales (Chapter 8 – DirectorsandOfficers28), Secciones 8.30 y 8.42, se señala que éstos deben cumplir sus deberes “con el mismo cuidado con el que actuaría una persona prudente bajo las mismas circunstancias”, así como “actuar de la manera que crean razonablemente es en los mejores intereses de la compañía”6. El anterior apartado hace referencia al tema en cuestión pero en la legislación de Estado Unidos, el autor de igual manera dice que nuestra normativa en este tema es similar a la americana y de ahí se desprenden los principales

4 Corte Suprema de Justicia. Sentencia SC 5509 – 2021. Radicación 1101 – 31 – 99 – 002- 2016 – 00315 – 01. (2021)

5 John D. Dingell. B – 229435.2 (1988, 11, 17) gao.gov/products/b-229435.2

6 Arcila. C. (2017, 06, 27) Conflicto de intereses en el contexto societario: Regulación colombiana y derecho comparado. Universidad del Rosario.

deberes del administrador, por lo tanto, consideramos que la norma tiene buenos fundamentos para regular los conflictos que se puedan presentar por parte del administrador de una compañía.

En conclusión, el conflicto de interés de los administradores es un tema crucial en la jurisprudencia. Los tribunales han desarrollado estándares y principios para determinar cuándo un conflicto de interés se ha presentado y cómo los administradores deben manejar esta situación. El deber fiduciario de los administradores requiere que actúen en el mejor interés de la empresa y de sus accionistas, evitando cualquier conflicto de interés que pueda comprometer su imparcialidad. La transparencia y la divulgación de información son fundamentales para abordar los conflictos de interés, y los administradores que violan su deber fiduciario pueden enfrentar consecuencias legales. La jurisprudencia continúa evolucionando y estableciendo estándares claros para abordar estos conflictos y proteger los derechos de todas las partes involucradas en una organización.

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