¿Ha sufrido complicaciones después de una cirugía plástica en Colombia?
¿Está planeando realizarse un procedimiento estético y desea protegerse jurídicamente antes de viajar?
Colombia se ha consolidado como uno de los principales destinos de turismo médico en América Latina. Cada año, miles de pacientes tanto extranjeros como colombianos residentes en el exterior—viajan a Bogotá, Medellín, Cali y Cartagena en busca de procedimientos estéticos de alta calidad a precios competitivos.
Sin embargo, una cirugía plástica no es solo una decisión médica. Es también una decisión jurídica y financiera.
Cuando surgen complicaciones, muchas personas enfrentan dudas como:
- ¿Tengo derechos si no soy residente en Colombia?
- ¿Puedo demandar si ya regresé a mi país?
- ¿Quién es responsable: el cirujano, la clínica o ambos?
- ¿Pierdo mis derechos por haber firmado un consentimiento?
- ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Este blog legal 2026 explica sus derechos, el marco normativo aplicable y las acciones disponibles bajo la legislación colombiana.
1. ¿Los pacientes extranjeros tienen derechos en Colombia?

Sí.El artículo 13 de la Constitución Política garantiza la igualdad ante la ley para todas las personas dentro del territorio colombiano.
Además, la Ley 1751 de 2015 (Ley Estatutaria de Salud) reconoce la salud como un derecho fundamental aplicable a cualquier persona que reciba atención médica en Colombia, independientemente de su nacionalidad o estatus migratorio.

La nacionalidad no limita el acceso a la justicia.
2. ¿Qué es la responsabilidad médica en cirugía estética?

La responsabilidad médica surge cuando un profesional o institución causa un daño por negligencia, imprudencia, impericia o incumplimiento de deberes profesionales.
En cirugía estética, la jurisprudencia colombiana ha aplicado en ciertos casos un estándar de análisis más exigente, especialmente cuando se han prometido resultados específicos. Si bien la obligación médica suele considerarse de medio (actuar con diligencia), en procedimientos estéticos los jueces han examinado con mayor rigurosidad las expectativas creadas.
Esto no significa que todo resultado insatisfactorio genere responsabilidad automática.

Cada caso requiere análisis individual.
3. ¿Pierdo mis derechos si ya regresé a mi país?

No. Los pacientes pueden:

La representación transfronteriza es jurídicamente viable.
Si está considerando realizarse una cirugía estética en Colombia, la protección jurídica debe comenzar antes del procedimiento.
Lo invitamos a consultar nuestra Guía Legal Preventiva, diseñada para ayudarle a evaluar riesgos, verificar clínicas y proteger sus derechos con anticipación.
Lea la Guía Preventiva antes de tomar su decisión.[1]
4. ¿Qué hacer inmediatamente después de una complicación?

El tiempo es determinante.
Paso 1: Proteja su salud
Ante síntomas como infección, necrosis, fiebre alta, dolor severo o hemorragias, acuda inmediatamente a una institución diferente para obtener valoración independiente. Una segunda opinión médica puede ser clave como prueba.
Paso 2: Preserve la evidencia

La documentación adecuada puede determinar el éxito de una reclamación
5. ¿Tengo derecho a mi historia clínica completa?

Sí. La Ley 1438 de 2011 reconoce el derecho a obtener copia íntegra de la historia clínica, incluyendo:
- Reporte quirúrgico.
- Reporte de anestesia.
- Valoraciones preoperatorias.
- Notas de evolución.
- Registros de enfermería.
- Consentimientos informados.
Las instituciones están obligadas a entregarla.
6. ¿Qué pasa si la clínica me pide firmar un documento adicional?

No firme ningún documento sin revisión legal.
En casos de complicaciones, algunas clínicas proponen:
- Acuerdos de confidencialidad.
- Exoneraciones de responsabilidad.
- Tratamientos correctivos a cambio de desistimientos.
Estos documentos pueden limitar significativamente su derecho a reclamar.
7. ¿Qué acciones legales existen?

A. Acción Civil de Responsabilidad Médica
Permite reclamar:
- Costos de cirugías correctivas.
- Medicamentos y tratamientos.
- Gastos de transporte y alojamiento.
- Lucro cesante.
- Daño moral.
- Daño a la vida de relación.
Prescripción general: hasta 10 años.
B. Acción Penal
Ante conductas que puedan constituir delito (lesiones personales culposas, homicidio culposo).
Prescripción aproximada: 5 años.
C. Acciones Administrativas
Ante:
- Tribunal de Ética Médica.
- Superintendencia Nacional de Salud.
- Secretaría de Salud.
En algunos casos, el término puede ser de 6 meses.
8. ¿Quién puede ser responsable?

La responsabilidad puede ser solidaria.
Pueden responder:
- El cirujano plástico.
- El anestesiólogo.
- La clínica o IPS.
- Empresas operadoras.
- En ciertos casos, aseguradoras.
La responsabilidad institucional es especialmente relevante cuando existen fallas estructurales o regulatorias.
9. ¿Puedo protegerme antes de operarme?

Sí, y esta es la etapa más estratégica.
Las medidas preventivas incluyen:
- Verificación de habilitación de la clínica.
- Revisión del consentimiento informado.
- Análisis de cláusulas contractuales.
- Validación de credenciales del cirujano.
- Verificación de pólizas de responsabilidad.
- Evaluación de riesgos antes del viaje.
La debida diligencia legal prequirúrgica reduce significativamente la exposición a riesgos.
Preguntas Frecuentes
¿Si firmé consentimiento puedo demandar?
Sí. El consentimiento no autoriza negligencia.
¿Si solo no me gustó el resultado puedo reclamar?
No necesariamente. Se requiere análisis jurídico para determinar incumplimiento o negligencia.
¿Puedo reclamar daño moral?
Sí, la jurisprudencia reconoce este tipo de perjuicios.
¿Colombia es segura para cirugía estética?
Existen profesionales altamente calificados, pero el cumplimiento regulatorio puede variar. La verificación previa es fundamental.
Nuestros Servicios
En Nieto & Nieto Lawyers acompañamos a pacientes nacionales e internacionales en:
✔ Evaluación legal preventiva antes de la cirugía
✔ Verificación de cumplimiento regulatorio de clínicas
✔ Revisión de contratos y consentimientos
✔ Litigios de responsabilidad médica
✔ Representación transfronteriza
✔ Negociaciones y acuerdos estructurados
Combinamos experiencia en regulación sanitaria con litigio estratégico para brindar protección jurídica antes y después del procedimiento.
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Su salud es personal.
Su protección jurídica debe ser estratégica.