En Colombia, la ley 80 de 1993 también conocida como El Estatuto General de Contratación de la Administración Pública en Colombia, regula el marco legal para la contratación de bienes, obras y servicios por parte de las entidades públicas, con el objetivo de garantizar la transparencia, eficiencia y equidad en el uso de los recursos públicos. Dentro de ésta, podemos ver los modelos de contratación: licitación pública, selección abreviada y contratación directa, de la cual solo hablaremos acerca de la licitación pública.
En ese sentido, llamamos licitación pública, al procedimiento administrativo para la adquisición de suministros, contratación de servicios o ejecución de obras que celebren los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público. Asimismo, su finalidad es ofrecer y asegurar condiciones de compra u adquisición de bienes y servicios por parte del Estado a un proveedor. Además, el proceso implica que la entidad interesada en realizar la contratación publique documentos con las condiciones necesarias, llamados pliego de condiciones, para que los distintos oferentes puedan presentar sus propuestas de manera adecuada. Una vez recopiladas todas las propuestas, la entidad contratante seleccionará y adjudicará la oferta que considere más pertinente.
i. Requisitos Clave para Licitar con el Estado en Colombia
Para participar en un proceso de licitación en Colombia, es necesario cumplir con una serie de requisitos y presentar ciertos documentos, tales como:
- Estar inscrita ante la Cámara de Comercio de Colombia.
- Contar con el Registro Único Tributario (RUT).
- Estar al día con los aportes parafiscales (Cajas de compensación familiar, ICBF y Sena).
- Mantener su contabilidad en orden, según lo indica la Ley.
- Estar inscrito en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP).
- Por otro lado, las empresas extranjeras deberán cumplir con otras condiciones generales al momento de licitar:
- Estar registrados como proveedores en el SECOP II.
- Los proveedores extranjeros que no tengan sede en Colombia y no estén obligados a tener un Registro Único de Proponentes (RUP) deben acreditar esta información directamente ante la entidad contratante según los pliegos de condiciones o, en el SECOP II, cuando el proceso es en línea.
No obstante, estos requisitos pueden variar dependiendo del tipo de licitación y del ente contratante. Es fundamental revisar detalladamente los pliegos de condiciones específicos de cada proceso de licitación para asegurarse de cumplir con todos los requisitos establecidos.
ii. SECOP: Herramienta Esencial para la Contratación Pública en Colombia
El SECOP (Sistema Electrónico para la Contratación Pública), es el medio de información oficial de toda la contratación realizada con dineros públicos. El SECOP es el punto único de ingreso de información para las entidades que contratan con cargo a recursos públicos.
Son componentes del Sistema Electrónico de Contratación las siguientes plataformas administradas por Colombia Compra Eficiente:
- SECOP I: Plataforma en la cual las entidades que contratan con cargo a recursos públicos publican los Documentos del Proceso. El SECOP I es una plataforma exclusivamente de publicidad. Además, permite la publicación de los documentos relacionados con los procesos de contratación, como los pliegos de condiciones, adendas, actas de audiencia, resoluciones de adjudicación, entre otros.
- SECOP II: Plataforma transaccional para gestionar en línea todos los Procesos de Contratación, con cuentas para entidades y proveedores; y vista pública para cualquier tercero interesado en hacer seguimiento a la contratación pública. De igual modo, Es una plataforma más avanzada que no solo permite la publicación de documentos, sino que también gestiona todo el ciclo del proceso de contratación en línea, incluyendo la recepción de ofertas, la evaluación de propuestas, la adjudicación y la ejecución del contrato.
En resumen, el SECOP representa una herramienta crucial para mejorar la transparencia, eficiencia, accesibilidad y modernización de los procesos de contratación pública en Colombia, beneficiando a todas las partes involucradas y contribuyendo a un uso más eficiente y responsable de los recursos públicos.
iii. Colombia Compra Eficiente.
Colombia Compra Eficiente reglamentada mediante el decreto 1510 de 17 de julio de 2013, es una entidad descentralizada de la rama ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrita al Departamento Nacional de Planeación (DNP) que es el rector del Sistema de Compra Pública de Colombia. En este orden de ideas, ofrece a los partícipes del sistema de compra pública herramientas para facilitar los procesos y fortalecer sus capacidades para obtener mayor valor por el dinero público en el Sistema de Compra Pública colombiana.
Conforme a ello, dentro de sus funciones está : 1) Desarrollar, implementar y difundir las políticas públicas, planes, programas, normas, instrumentos y herramientas que faciliten las compras y contratación pública del Estado y promuevan las mejores prácticas, la eficiencia, transparencia y competitividad del mismo, a fin de que se cumplan los principios y procesos generales que deben gobernar la actividad contractual de las entidades públicas,2) desarrollar mecanismos de apoyo a los oferentes que les permitan una mayor y mejor participación en los procesos de compras y contratación pública de las entidades estatales,
3) compilar las normas legales, conceptos, jurisprudencia y doctrina relacionados con las compras y la contratación pública y la actividad de la Agencia, y velar por su unificación, actualización y aplicación, 4) difundir las normas, reglas, procedimientos, medios tecnológicos y mejores prácticas para las compras y la contratación pública; y promover la capacitación que considere necesaria, a fin de orientar a los partícipes en los procesos de compras y contratación pública con el apoyo de las demás dependencias y entidades pertinentes.i
iv. Ventajas de Licitar con el Estado: Estabilidad y Oportunidades
Licitar en el sector público es tener dentro de tu cartera al mayor cliente de todos, el Estado. En esa linea, siempre y de manera constante van a tener que adquirir bienes y servicios para la satisfacción y cumplimiento de sus funciones. Asimismo, en Colombia la compra pública representa el 17 por ciento del PIB, un poco más de 110 billones de pesos al año, es decir, en comprador número 1 no solo en Colombia sino en el mundo.
Por otro lado, la plataforma SECOP II facilita la presentación de propuestas, ya que, son en linea y puedes presentar ofertas desde cualquier parte del mundo, esto lo permite el acceso a las nuevas tecnologías. Además, permite un mayor alcance para la celebración de contratos en distintas regiones de Colombia sin importar tú lugar de domicilio, ya que, se pueden postular desde Amazonas para celebrar un contrato en Casanare, es decir, reduce los costos en ir a Casanare solo para postularse, sino que ese traslado se efectúa una vez, te hayan adjudicado el contrato.
Por otro lado, el factor más importante por el cual se celebran los contratos es el pago. Es por esto por lo que, los contratos con el Estado suelen ofrecer estabilidad y seguridad financiera, ya que el pago está respaldado por el gobierno mediante un documento denominado: registro presupuestal, el cual es la operación mediante la cual se perfecciona el compromiso, garantizando que los recursos comprometidos no sean desviados a ningún otro finii. En pocas palabras, si o sí te van a cumplir con tú pago porque ya se dirigieron unos recursos para satisfacer ese interés.
En Nieto & Nieto Lawyers, consideramos que licitar en el sector público es una gran alternativa para la obtención de recursos, debido a que, es la una de las fuentes de ingresos más antiguas y estables, la cual se ha mantenido hasta la actualidad. Esto tiene como consecuencia, la facilidad que se tiene al momento de establecer sus propuestas, la extensión del mercado y la seguridad del pago, entre otras cosas. Por lo tanto, permite ayudar a las empresas a crecer, innovar y mejorar sus procesos, mientras contribuyen al desarrollo económico y social del país.
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REFERENCIAS
i Decreto 4170 de 2011 – Gestor Normativo. (s/f). Gov.co. Recuperado el 17 de mayo de 2024